DESCUENTOS DESDE EL 50 HASTA EL 100 POR CIENTO
De acuerdo al decreto 464/ 2022 publicado en el Diario Oficial del Estado se exime el pago parcial o total de los derechos por la expedición de licencias y permisos de conducir.
Se exentará el 50 por ciento del pago total a trabajadores asalariados o no, y jubilados y pensionados que no reciban más de cuatro veces y medio el salario mínimo vigente.
El descuento del 100 por ciento es para personas desempleadas que requieran de una licencia de conducir para incorporarse a un trabajo remunerado, para amas de casa que no reciban remuneración económica fija y que carezcan de fuente de ingreso, así como, estudiantes de escuelas públicas o privadas que cuenten con una beca de una institución oficial.
Para ser acreedor de los descuentos es necesario presentar documentación según sea el caso:
Personas trabajadoras en activo y asalariadas deben presentar la constancia de inscripción al sistema de seguridad social al que pertenezcan y el último recibo de nómina o, constancia de ingresos expedida por el patrón correspondiente.
Personas trabajadoras en activo y no asalariadas: la constancia expedida por la organización sindical o cooperativa a la que pertenezcan, en la que se informe el trabajo que realizan y su ingreso promedio.
Personas jubiladas o pensionadas: la constancia que acredite la calidad de persona trabajadora jubilada o pensionada, y el último recibo de pago de la jubilación o pensión.
Personas desempleadas: la constancia expedida por el Servicio Nacional de Empleo, Yucatán, que acredite la calidad de persona desempleada y el documento firmado por la persona física o moral contratante en el que manifieste la necesidad de que la persona solicitante cuente con licencia de conducir o permiso para ser incorporada al trabajo remunerado.
Amas de casa: la constancia que acredite su oficio, expedida por la Dirección General de Gestión y Orientación de la Jefatura del Despacho del Gobernador, o por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán.
Estudiantes: la constancia de inscripción vigente expedida por la dirección de la escuela y el documento mediante el cual se acredite ser beneficiario de una beca.
El decreto estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año.
Información de Yucatán al Minuto.